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miércoles, 10 de diciembre de 2008

Todos tenemos derechos






Hoy se cumplen 60 años de la declaración de los derechos humanos, pero solo hay que abrir un periódico o prender la tv para darnos cuenta que dicha declaración se quedo solo en papel. La lucha para lograr un mundo mejor, donde impere la justicia, la igualdad, la libertad de expresión, el derecho a la vida, el respeto a las creencias políticas y a la diversidad cultural y religiosa sigue siendo un sueño. La política nos divide, la religión nos divide, la orientación sexual nos divide. El derecho más básico que puede tiene cualquier ser humano, como es el derecho a la vida no lo respetamos. Muy tristemente los derechos constitucionales de los individuos alrededor del mundo no están muy a la par de los derechos humanos. No debería ser así, pero es así. Cada país interpreta tus derechos como mejor les convenga.

De los 30 artículos de la declaración aqui dejo algunos para la reflexion:
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.


Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto
Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

http://www.unhchr.ch/udhr/lang/spn.htm


Fue un sueño de algunos y sigue siendo el sueño de muchos.
Pasa la voz todos tenemos derechos!!



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